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Se aplica sobre aquellas rentas que obtengan las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades sean nacionales o extranjeras. El ejercicio impositivo comprende del 1 de enero al 31 de diciembre.
La declaración de Impuesto a la Renta es obligatoria para todas las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o no en el país, conforme los resultados de su actividad económica; aún cuando la totalidad de sus rentas estén constituidas por ingresos exentos, a excepción de:
Los contribuyentes domiciliados en el exterior, que no tengan representante en el país y que exclusivamente tengan ingresos sujetos a retención en la fuente.
Las personas naturales cuyos ingresos brutos durante el ejercicio fiscal no excedieren de la fracción básica no gravada.
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Contenido del Curso
MÓDULO 1 | |||
Obligacion de llevar contabilidad | 00:09:21 | ||
Rentas grabadas | 00:09:42 | ||
Exenciones | 00:14:53 | ||
Exenciones 2 | 00:12:12 | ||
Exenciones 3 | 00:10:22 | ||
MÓDULO 2 | |||
Deducciones | 00:11:52 | ||
Deducciones 2 | 00:10:07 | ||
Deducciones 3 | 00:21:58 | ||
MÓDULO 3 | |||
Ejercicio 1 | 00:11:02 | ||
Ejercicio 2 | 00:11:37 | ||
Ejercicio 3 | 00:13:33 | ||
Ejercicio 4 | 00:12:09 | ||
Ejercicio 5 | 00:11:41 | ||
Ejercicio 6 | 00:11:08 | ||
Ejercicio 7 | 00:10:13 | ||
Ejercicio 8 | 00:11:13 | ||
Ejercicio 9 | 00:04:37 | ||
Evaluación | |||
Evaluación Impuesto a la Renta personas naturales | 00:30:00 |